Ésta es la nueva regla que los jubilados del IMSS deben cumplir para recibir su pensión

Si los jubilados cambian de domicilio, también tendrá que realizar el trámite denominado solicitud de registro y actualización de datos

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Miles de personas cobran sus recursos cada mes. (Foto: Rubén Espinosa/ Cuartoscuro)
Miles de personas cobran sus recursos cada mes. (Foto: Rubén Espinosa/ Cuartoscuro)

Con la autorización de la iniciativa de reforma en materia de pensiones, que busca garantizar una pensión de hasta el 100% a algunos trabajadores del país, se dieron a conocer nuevos ajustes que los jubilados deberán considerar para acceder al monto económico que se otorga mensualmente.

Se trata de un cambio que está plasmado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para que los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) puedan cobrar sus recursos.

¿Cuál es la nueva regla para que jubilados del IMSS e ISSSTE puedan cobrar?

De acuerdo con el apartado No.14 de las reglas generales marcadas en el DOF, el pago de las pensiones se dará solamente por acreditamiento a la cuenta bancaria de los beneficiarios, salvo aquellos que tengan especificaciones o una forma de pago diferente.

Por ello, se solicitará a los jubilados, proporcione la información adecuada y documentación de la cuenta de banco que autoriza a la persona de la tercera edad con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).

Se publican nuevas modificaciones para jubilados del IMSS.
Foto: Cuartoscuro
Se publican nuevas modificaciones para jubilados del IMSS. Foto: Cuartoscuro

Es decir, el acreditado deberá ser titular de la cuenta bancaria, y en caso de encontrar algún error, los montos podrían ser no aceptados por el sistema y por consiguiente, no se pagará a los adultos mayores.

Si los jubilados cambian de domicilio, entonces tendrá que realizar el trámite “solicitud de registro y actualización de derechohabientes”.

Además, en las nuevas reglas también se específica que no se puede, por ningún motivo, cobrar los recursos en ninguna tarjeta bancaria que no esté a nombre del acreditado.

Las cuentas bancarias deberán estar a nombre de los jubilados. 

Foto:
Cuartoscuro
Las cuentas bancarias deberán estar a nombre de los jubilados. Foto: Cuartoscuro

Y es que a pesar de que hay jubilados que tienen apoderados o representantes legales, quienes se encargan de hacer los trámites, y en ocasiones hasta cobran con su nombre, esto ya no será permitido.

Aprobaron la reforma para crear el Fondo de Pensiones

La Cámara Alta, es decir, el Senado de la República aprobó en lo general, la reforma al sistema de pensiones, donde se podrá crear el Fondo de Pensiones para llegar a una jubilación al 100 por ciento.

Será necesario detallar que el dinero se obtendrá de las mismas cuentas de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), pero que se encuentran inactivas, es decir, estáticas de hace años o recursos no reclamados por los familiares.

Actualmente hay un presupuesto de alrededor de 40 mil millones de pesos, es decir, ahorros para el retiro que no fueron solicitados de las Afores, administradoras que se encargan de resguardar los recursos de los trabajadores durante toda su vida laboral.

De acuerdo con las autoridades del IMSS, la reforma de pensiones lo que permite es que en vez de que los recursos de cientos de trabajadores, que no han sido solicitados en varios años, que pasan de las Afores al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ahora pasen de las Afores al Banco de México.