Cuál es el grado mínimo de discapacidad para cobrar una pensión

Hay dos porcentajes que son importantes: 33 y 65%. Se usan para establecer los beneficios que representan, bien sean fiscales, sociales o económicos

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Una persona con discapacidad. (BBVA)
Una persona con discapacidad. (BBVA)

Saber cuando te corresponde o no cobrar una pensión por discapacidad es una de las grandes dudas que se plantean. Nuestro sistema recoge varios grados y en este artículo veremos cuál es el mínimo por el que debes recibir una ayuda económica y qué trámites son necesarios para solicitarla. En primer lugar es importante distinguir entre una incapacidad y una discapacidad. “La discapacidad es una situación donde se constata que la persona tiene alguna deficiencia física o psíquica, mientras que una incapacidad permanente hace referencia directamente al cobro de una pensión por no poder trabajar debido a una enfermedad o accidente”, explican desde Campmany Abogados.

No obstante, esto no quiere decir que por discapacidad no se pueda recibir una pensión mensual. Ambas prestaciones son de distinta naturaleza y sus requisitos también difieren. En cuanto a los grados de cada uno de estos conceptos, el grado de discapacidad se mide por un porcentaje. Y el tipo de incapacidad va de menor a mayor (parcial, total, absoluta y gran invalidez), según las limitaciones que tenga la persona para ejercer una profesión.

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Distintos grados de discapacidad

En total hay 5 grados, cada uno con un porcentaje diferente. En 2023 estos eran los baremos:

  • Clase 0 (o grado NULO): Deficiencias 0-4%; Autocuidado menos del 5%; Entorno menos del 5%.
  • Clase 1 (o grado LEVE): Deficiencias 5-24%; Autocuidado 5-24%; Entorno 5-24%.
  • Clase 2 (o grado MODERADA): Deficiencias 25-49%; Autocuidado 25-49%; Entorno 25-49%; Dependencia 0-4%.
  • Clase 3 (o grado GRAVE): Deficiencias 50-95%; Autocuidado 50-95%; Entorno 50-95%; Dependencia 5-74%.
  • Clase 4 (o grado TOTAL): Deficiencias 96-100%; Autocuidado 96-100%; Entorno 96-100%; Dependencia 75% o más.

A partir de qué porcentaje se recibe una prestación

Sin embargo, hay dos porcentajes que son importantes: 33 y 65%. Y es que se usan para establecer los beneficios que representan. Estos son sociales y fiscales y económicos según aumenta el porcentaje. Analicemos a continuación las peculiaridades de cada uno de ellos:

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  • Discapacidad inferior al 33%: no hay prestación: Si se tiene un certificado de discapacidad que es menor al 33% no se consigue la pensión ni ningún tipo de beneficio.
  • Discapacidad del 33% o más (pero menos del 65%): Es a partir del esta tasa cuando se consigue algún beneficio. Pero si el grado de discapacidad se sitúa entre el 33 y el 64%, todavía no se considera suficiente como para recibir una pensión no contributiva, pero sí se tienen ventajas sociales y fiscales que no tienen las personas que ostentan menos del 33%. Estas ventajas son la exención de pagar algunos impuestos, el bono social para la luz o acceso a vivienda y puestos de trabajos públicos, entre otras.
  • Discapacidad igual o superior al 65%: Es en este punto cuando ya se puede cobrar una pensión. Y a esto hay que sumar las ventajas sociales y fiscales.

Cuánto dinero se cobra con esta pensión y se tiene un extra

En 2023, el importe anual de esta pensión se ha fijado en 6.784,54 euros, lo que representa un incremento del 15% respecto al año anterior, distribuido en 14 pagas de 484,61 €, debido a un “incremento extraordinario”. Un aspecto relevante de esta pensión es que, si la persona beneficiaria tiene un grado de discapacidad igual o superior al 75% y necesita la asistencia de terceros para realizar actividades básicas de la vida diaria, puede acceder a un complemento adicional de 3.392,27 euros anuales.

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Es importante destacar que el monto de la pensión puede disminuir por diversos factores, como el número de beneficiarios de una pensión no contributiva que residen en el mismo domicilio y las rentas del pensionista y de las personas con las que convive. Si dos personas en la misma vivienda reciben esta pensión, el importe se ajusta a 5.766,86 euros anuales para cada uno, y si son tres beneficiarios, el monto desciende a 5.427,63 euros por persona al año.

Sin embargo, la ley establece un mínimo de protección, garantizando que el beneficiario nunca recibirá menos del 25% del importe estándar anual, asegurando una pensión mínima de 1.696,14 euros por año.