Suman 46 reclusos contagiados de COVID-19 en Hidalgo: 377 son vulnerables por enfermedades degenerativas

Los penales de Tula, Pachuca, Tulancingo y Jaltocán han registrado brotes de coronavirus

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Las cárceles de Hidalgo registraron 46 internos contagiados de Covid-19 y seis decesos, por lo que se mantiene la restricción de visitas familiares.

De acuerdo con la Secretaría de Seguridad, desde el 1 de abril se cancelaron las visitas en los 12 penales y en el Centro de Internamiento para menores y se puso en marcha un protocolo que incluye sanitización, toma de temperatura y filtros sanitarios.

Sin embargo, en estos meses de pandemia los penales de Tula, Pachuca, Tulancingo y Jaltocán han registrado algunos brotes de Covid-19 entre el personal y los internos, por lo que se tienen acumulados 46 casos.

De estos positivos han ocurrido seis decesos, cuatro de ellos confirmados y dos por sospecha de Covid-19, por lo cual se dio a conocer que se mantendrán las medidas sanitarias, debido a que permanece latente que pudieran registrarse nuevos brotes.

En Hidalgo, la población carcelaria es de 4,453 internos en los 12 centros de readaptación, de los cuales se tienen 377 vulnerables por enfermedades degenerativas, y de estos 40 son mujeres.

(EFE)
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El pasado 22 de abril fue expedido el decreto oficial de la Ley de Amnistía en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La norma entró en vigor un día después, el 23 de abril, pues, de acuerdo con las leyes mexicanas, los decretos publicados en el DOF serán aplicables el día hábil después de su expedición.

Sin embargo, en octubre las autoridades harán un ejercicio de revisión de los delitos que refiere para valorar la vigencia que tienen los elementos configurativos. La semana pasada fue expedida la reglamentación que regirá dicha Ley.

La Ley contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogasaborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También contempla a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete.

senado ley amnistia mexico coronavirus covid 19 (Foto: Cuartoscuro)
senado ley amnistia mexico coronavirus covid 19 (Foto: Cuartoscuro)

Los delitos susceptibles son: aborto, que incluye a la mujer que interrumpió el embarazo, a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, practicantes del procedimiento; los delitos contra la salud, por posesión y transporte de narcóticos en los casos que se trate de personas en estado de vulnerabilidad; los cometidos por integrantes de los pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso.

Además, el Ejecutivo federal, por medio de la Secretaría de Gobernación, “promoverá ante los gobiernos y las legislaturas de las entidades federativas la expedición de leyes de amnistía por la comisión de delitos previstos en sus respectivas legislaciones que se asemejen a los que se amnistían en esta ley”.

Desde la entrada en vigor de la Ley de Amnistía federal, la comisión responsable de analizar los casos de posibles beneficiarios ha recibido 460 peticiones de liberación, que se suman a las 2,500 solicitudes previas a la entrada de la normatividad, recibidas en la Unidad de Fortalecimiento del Sistema de Justicia de la Secretaría de Gobernación (SG).

Si bien la ley es federal, la dependencia insta a los estados a generar sus propias leyes de amnistía y las comisiones respectivas de análisis.

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