Impuesto de Sucesiones en Castilla-La Mancha: qué herederos tienen bonificaciones y no tienen que pagarlo

Cada Comunidad Autónoma tiene una serie de cuotas y reducciones que hay que conocer a la hora de afrontar una herencia

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Testamento y herencia. (Getty Images)
Testamento y herencia. (Getty Images)

El Impuesto de Sucesiones puede ser siempre un tema que resulte complicado para aquellas personas que no estén familiarizadas con el derecho, y que por lo tanto inquieta y confunde a quienes han de hacer frente a la herencia que ha recibido de parte de un ser allegado. De hecho, una de sus primeras particularidades es que se trata de un tributo que se aplica a nivel autonómico y, por lo tanto, está sujeto a las regulaciones y tasas de las regiones. En el caso de Castilla-La Mancha, hay una serie de leyes concretas destinadas a regir el impuesto, determinando la forma en la que este se calcula y es aplicado.

A nivel general, el impuesto grava la transmisión de bienes, derechos y valores que se producen como consecuencia de la donación, el legado o la herencia de la que se trate. Así, cuando un ser querido fallece y nos deja sus bienes o algo de su patrimonio, tenemos que afrontar el pago de la carga fiscal que conlleva la herencia y las tarifas y los importes dependerán de varios factores, entre ellos el valor de lo heredado, la relación de parentesco que tuviéramos con el finado y las exenciones y bonificaciones que se pudieren aplicar.

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La cuantía de las tasas pueden oscilar entre el 7,65% y el 34%. Este sería un porcentaje del valor de los bienes heredados y, como ya hemos adelantado antes, influirían los grados de parentescos que tuviéramos con la persona que nos hubiera dado esta herencia. Así, los cónyuges, ascendientes y descendientes directos se encontrarían con un impuesto más reducido que en el caso de que se diera una herencia entre hermanos o tíos y sobrinos. En cualquier caso, esta comunidad autónoma aplica una serie de reducciones en la base imponible que también pueden ser significativas.

Los distintos tipos de bonificaciones

Los descendientes, cónyuges y ascendientes del fallecido pueden hacerse con una bonificación en la cuota tributaria que dependerá del importe de lo heredado. Por ejemplo, si este es inferior a 175.000 euros, la bonificación puede ser del 100%, y si supera dicha cantidad sería del 95%. En cambio, si el importe fuera igual o superior a 225.000 euros ya bajaría al 90%, al 85% en caso de ascender a 275.000. Por último, la bonificación sería del 80% si el importe heredado llegase a los 300.000 euros.

Hay, además, otras ayudas que se ofrecen en Castilla-La Mancha. Una de ellas sería que, en el caso de que la herencia fuera la vivienda habitual del difunto, esta estaría exenta del impuesto de sucesiones hasta cierto límite establecido. Otro caso sería que el heredero tuviera alguna discapacidad reconocida igual o superior al 33%, en cuyo caso se obtendría una reducción de 125.000 euros o incluso de 225.000 euros, en caso de que dicha discapacidad superase el 65%.

También gozarían de una bonificación los menores de 21 años y, en el caso de que lo heredado fuese una empresa individual, un negocio o una serie de participaciones, se otorgaría una reducción del 4% sobre el valor neto. Eso sí, para esto último serían necesarios varios requisitos, entre ellos que lo heredado estuviese domiciliado en la comunidad autónoma y allí permaneciese durante al menos cinco años.

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