Impuesto predial: así puede pagarlo en línea y por cuotas

En 2024, propietarios de 2′723.333 predios en Bogotá deberán realizar el pago del tributo distrital

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El viernes 26 de abril finalizará el plazo establecido por la Secretaría de Hacienda para el pronto pago - crédito Secretaría de Hacienda
El viernes 26 de abril finalizará el plazo establecido por la Secretaría de Hacienda para el pronto pago - crédito Secretaría de Hacienda

El viernes 26 de abril finaliza el plazo establecido por la Secretaría de Hacienda para el pronto pago del Impuesto predial de la vigencia, correspondiente a 2024, con un 10% de descuento, a los propietarios de 2′723.333 predios (el 99 % de quienes deben cumplir con esa obligación).

La entidad distrital invitó a todos los contribuyentes responsables de ese tributo en efectuar su responsabilidad a través del botón ‘Descarga/Paga’ de forma virtual o, si lo prefieren, pueden descargar la factura para realizar el pago de manera presencial en ventanilla de las entidades bancarias autorizadas para el recaudo.

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En cuanto a los propietarios de 13.193 inmuebles que no recibieron su factura o no pueden descargarla porque sus predios tienen inconsistencias en la información, la entidad puso a disposición de los contribuyentes la Feria de Servicios (en la carrera 32 # 22 A-50, edificio Visión), donde serán atendidos para resolver su situación y poder aprovechar el pago con descuento.

Sin embargo, y como parte de las estrategias que implementó la administración para el cumplimiento de los tributos, las personas que así lo deseen, podrán solicitar el pago por cuotas. La Secretaría de Hacienda señaló que para ellos, los propietarios deben presentar la declaración del impuesto antes del 10 de mayo del presente año, a través de la Oficina Virtual.

Así puede acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas

La primera cuota se deberá realizar el 7 de junio de 2024 - crédito Secretaría de Hacienda
La primera cuota se deberá realizar el 7 de junio de 2024 - crédito Secretaría de Hacienda

Para acceder a esa alternativa, lo primero que deberá tener presente el propietario es estar registrado en la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda. En caso de no estarlo, deberá hacer clic en la opción de ‘Regístrate aquí’. Posteriormente, siga los siguientes pasos:

  1. Ingrese al sistema con su usuario y contraseña.
  2. Una vez ingrese a la página, verifique que su información se encuentre bien.
  3. Selecciones la opción de contribuyente.
  4. Posteriormente, busque la opción de contribuyente y haga clic en el botón de “Declaraciones”. Allí tendrá que seleccionar la opción de “Generar declaraciones”.
  5. Seleccione el tipo de impuesto, en este caso la opción es “Predial” y el año.
  6. Después, seleccione el predio al que le va a generar la opción de pagos por cuotas.
  7. Valide que su información de contribuyente y del predio se encuentre bien.
  8. Habilite las ventanas emergentes para que el sistema pueda validar su opción de pago y consulta
  9. Seleccione el paso tres “Spac” para acceder a los pagos por cuotas.
  10. Una vez seleccionado, la plataforma detallará el valor de la cuota y las fechas en las que debe cancelar la obligación tributaria.
  11. Haga clic en “presentar la declaración”. En seguida, el sistema arrojará el recibo de la primera cuota.
  12. Para descargar los otros recibos de pago, en el banner principal deberá hacer clic en la opción de “consultas” y luego en “obligaciones pendientes de pagos”.
  13. Luego, seleccione el impuesto “predial”. A continuación, el sistema arrojará toda la información de la opción de pago por cuotas y los recibos que debe cancelar.

Luego de contar con el recibo en PDF, el contribuyente que así lo desee, podrá realizar la cancelación en línea. Para ello deberá hacer clic en el botón ‘Pagar’ y seleccionar el medio de pago (débito o crédito) o realizar la transacción por PSE.

Una vez cuente con la opción de la cancelación del impuesto predial por cuotas, tenga presente las fechas establecidas por la Secretaría de Hacienda para el cumplir de dicha responsabilidad tributaria, las cuales son:

  • Pago cuota 1, el 7 de junio de 2024
  • Pago cuota 2, el 9 de agosto de 2024
  • Pago cuota 3, el 4 de octubre de 2024
  • Pago cuota 4, el 6 de diciembre de 2024

Recuerde que debe realizar el pago por cuotas con un cupón que obtiene desde la Oficina Virtual, por la opción Consultas/Obligaciones pendientes/Cupones/Imprimir cupones. Para descargar el cupón, debes tener habilitadas las ventanas emergentes.

Los contribuyentes que deseen podrán realizar el pago de manera presencial - crédito Alcaldía de Bogotá
Los contribuyentes que deseen podrán realizar el pago de manera presencial - crédito Alcaldía de Bogotá

Además, tenga presente las entidades bancarias autorizadas para el recaudo, las cuales son:

Con débito de cuenta de ahorros o corriente, en las siguientes entidades:

  • Bancolombia
  • BBVA
  • Banco de Bogotá
  • Banco Davivienda
  • Banco de Occidente
  • Banco AV Villas
  • Banco Cooperativo Coopcentral
  • Itaú
  • Banco Caja Social - BCSC
  • Scotiabank Colpatria
  • Bancoomeva
  • Bancamía
  • Banco Pichincha
  • Credifinanciera (ProCredit)
  • GNB Sudameris
  • Banco Popular
  • Banco Santander de Negocios
  • Banco Serfinanza
  • Citibank (clientes corporativos)

Otros medios de pago-crédito:

  • Bancolombia
  • Banco de Bogotá
  • Banco Davivienda
  • Banco AV Villas
  • BBVA Colombia
  • Banco de Occidente