La Justicia ordenó investigar cómo es la red de confección, compra y venta de ropa en La Salada

La Cámara Federal dictó el fallo al analizar el procesamiento de una mujer que había comprado prendas en esa feria. En su defensa, la acusada planteó: “¿Por qué debía darme cuenta que era ilegal?”

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Uno de los puestos de La Salada
Uno de los puestos de La Salada

La Cámara Federal encomendó profundizar sobre los “eslabones de la red de confección, compra y venta” de ropa de marca falsificada, en una causa que investiga a una mujer por comercializar prendas deportivas apócrifas que dijo haber adquirido en la feria de La Salada. La mujer aseguró que no sabía que comprar allí era algo ilegal.

“Si bien al momento de allanar la vivienda de la imputada se secuestraron prendas de vestir y otros elementos relacionados con su comercialización, aún quedan líneas de investigación pendientes en relación a otros eslabones de la red de confección, compra y venta de las prendas”, advirtió la Cámara Federal porteña. Los jueces evaluaron que no basta con quedarse en el último eslabón de la cadena, es decir, los revendedores individuales de esta mercadería.

“La eventual dimensión y nivel de organización que pueda detectarse a partir de ello resultan extremos de incidencia en la cuestión, tanto al evaluar la tipicidad de los hechos como las responsabilidades individuales que puedan corresponder”, advirtieron en el fallo al que tuvo acceso Infobae.

“El lugar no reviste ningún tipo de peligro. ¿Por qué debería pensar entonces que lo que allí compro no es legal?”, preguntó la imputada. La mujer se refirió así al predio de La Salada ante funcionarios judiciales y su defensa oficial, en un despacho de un juzgado federal de Comodoro Py 2002. Se le tomaba declaración indagatoria acusada de la venta de ropa deportiva falsa con los logos de Adidas y Nike. Los ofrecía en publicaciones en redes sociales. La mercadería quedó secuestrada en un allanamiento a su vivienda particular en la ciudad de Buenos Aires.

La Justicia pidió investigar cómo llega la ropa que se vende en la feria
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Ella contó que todo era comprado en distintos puestos de La Salada, adonde concurría en su auto particular, con su hija pequeña, y que era seguro porque había policía y controles. Dijo que nunca sospechó estar infringiendo alguna ley, porque todo en dicha feria da impresión de legalidad: la custodia, los agentes de tránsito, entre otros aspectos. De hecho, puntualizó que hay un lugar específico donde “se venden marcas”.

“Recién el día del allanamiento tomé conocimiento de que esto no era legal”, dijo. Para más detalles, explicó que también en La Salada compraba el packaging, las bolsas de regalo, las etiquetas, los precintos y las cajas de zapatillas. “En cualquier lugar se vende en locales o puestos, en zonas donde existe todo tipo de control sea de los gobiernos locales o de la policía. ¿Por qué debería haber pensado que estaba haciendo algo ilegal?”, repitió.

La mujer fue procesada en primera instancia por infracción a la Ley de Marcas 22.362 y embargada en poco más de 200 mil pesos. Pero su defensa oficial apeló esta decisión y el caso llegó a la Cámara Federal porteña. El Tribunal coincidió en cuanto a que “no existe discusión en punto a que” la imputada “realizaba una actividad” de venta de ropa de “marcas falsificadas”. Se llegó a su casa “después de una investigación preliminar sobre medios informáticos que empleó a esos fines, en su domicilio se incautaron prendas de vestir con los logos ADIDAS y NIKE estampados”.

“Ella dijo que las adquiría en la feria la Salada”, sin conocer la ilicitud de la compra y venta de objetos de ese tenor”, recordaron.

A la hora de resolver su situación procesal, dieron la razón a su defensa, revocaron el procesamiento y le dictaron falta de mérito ante la “manifiesta imposibilidad de confusión” entre la mercadería que vendía y la original. La defensa sostuvo que la conducta es “atípica” porque hay “ausencia de dolo y de perjuicio a los titulares marcarios y consumidores”.

Los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico coincidieron que la información con la que se cuenta en el caso “impide a esta altura sostener “…una lesión de relevancia al bien jurídico que está detrás de las normas penales de la citada ley”. Esto “dada la cantidad, forma de distribución de los productos, el nivel organizativo a priori detectado en torno a ello y el contexto que rodeó a los eventos”.

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