El límite de la libertad de expresión en España y la delgada línea entre la protesta y el odio: “En Ferraz no hubo delito”

Desde ofensas a la Corona hasta los últimos altercados en la sede del PSOE, los abogados consultados por ‘Infobae España’ marcan los límites que separan una crítica al Gobierno de un discurso de odio o cualquier delito condenable

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01/01/2024 Decenas de personas celebran la entrada del año nuevo en la calle Ferraz, a 1 de enero de 2024, en Madrid. (Europa Press)
01/01/2024 Decenas de personas celebran la entrada del año nuevo en la calle Ferraz, a 1 de enero de 2024, en Madrid. (Europa Press)

A lo largo de la última década, en España se han sentado ante la Justicia personalidades variopintas. Cómicos por hacer chistes o raperos por escribir canciones, denunciados por organizaciones ultraderechistas y formaciones políticas como el Partido Popular. También han sido judicializados casos de activistas que pedían acciones contra el cambio climático o de manifestantes a los que acusaban de terrorismo, como fue la Operación Ice. Toda una serie de sucesos que despertaban la indignación popular y malestar en la izquierda, que muchas veces ha sido correspondida por los tribunales al descartar delitos en cualquiera de estas acciones.

Ahora, cambian los agentes y el orden de las denuncias. El PSOE ha denunciado ante la Fiscalía los hechos ocurridos durante la Nochevieja, cuando la organización ultraderechista Revuelta convocó ante la sede del partido socialista en Ferraz (Madrid) una concentración en la que se golpeó una caricatura de Pedro Sánchez, se profirieron todo tipo de insultos hacia el Gobierno e incluso se retransmitió por YouTube todo el proceso. Una concentración a la que acudieron franquistas declarados, se pidió un golpe de Estado y se criticó a la autoridad.

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Infobae ha contactado con abogados especializados en casos de libertad de expresión, letrados que han defendido acusaciones de enaltecimiento del terrorismo para gente que simplemente daba su opinión en Twitter, que han trabajado con clientes denunciados por injurias a la Corona o a los sentimientos religiosos y que han atendido casos de cómicos acusados de delito de odio en sus bromas. Todos, defensores de causas progresistas, concluyen con firmeza: los manifestantes de Ferraz no cometieron ningún delito, ejercían su derecho a la libertad de expresión.

Unas 300 personas toman las uvas en Ferraz en protesta por la amnistía.

Una de ellas es Isabel Elbal, defensora de Cesar Strawberry cuando el Tribunal Supremo le condenó por ironizar sobre ETA y los GRAPO. Esta misma letrada llevó el caso de David Suárez, cómico denunciado por delito de odio al hacer chistes sobre personas con síndrome de Down. “En la protesta de Ferraz no hubo delito alguno, fue un ejercicio del derecho fundamental a la libertad de manifestación y de libertad de expresión. Es un acto equiparable a la quema de un retrato gigantesco, como pasó en Girona con fotos del rey Juan Carlos I, o equiparable a cuando se apaleó un muñeco del expresident Puigdemont hace un año en 2019″, sostiene la abogada.

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El presidente no puede ser foco de un delito de odio

Hay una diferencia importante, apuntan los letrados, entre apalear un muñeco de Pedro Sánchez o apalear un muñeco de Vinicius, jugador del Real Madrid. Uno debe entenderse como queja contra el Gobierno y otro como odio contra un colectivo vulnerable, como son las personas negras y migrantes en España. Esta misma legislatura, Sumar ha presentado una proposición de ley, que a priori cuenta con el apoyo del PSOE en la mayoría de sus planteamientos, para acabar con varios delitos registrados en el Código Penal y “modificar aquellos artículos que chocan frontalmente con la libertad de expresión” en la que reconoce que “cuanto más poder tiene una institución mayor ha de ser la exposición a la crítica legítima por parte de la ciudadanía”. ¿Ha denunciado el PSOE unas acciones que, de apoyar esta propuesta, no serían delito?

01/01/2024 Decenas de personas celebran la entrada del año nuevo en la calle Ferraz, a 1 de enero de 2024, en Madrid (España).
01/01/2024 Decenas de personas celebran la entrada del año nuevo en la calle Ferraz, a 1 de enero de 2024, en Madrid (España).

“El artículo 510 del Código Penal tiene como requisito que se produzca un ataque o una agresión contra un colectivo vulnerable. Intentar ampliar a colectivo vulnerable al presidente, ni más ni menos, es una barbaridad, porque precisamente el derecho de manifestación y libertad de expresión es lo que tiene la ciudadanía como arma de protesta para expresar su opinión en un Estado democrático”, apunta Isabel Elbal. La abogada concluye su reflexión con palabras que piden no criminalizar cualquier tipo de protesta ciudadana. “No se puede criminalizar la libertad de expresión, porque podría dar lugar a un efecto disuasorio absolutamente indeseado en un sistema democrático. Interrogar a las personas que convocaron en Ferraz es un intento de criminalización del ejercicio de un derecho fundamental absolutamente consentido en nuestro ordenamiento jurídico, que precisamente asume que la crítica, aun la más desabrida como sería esta, es la que hay que aceptar”.

Hay otra clave de la manifestación de Ferraz por la que los abogados consultados descartan cualquier tipo de delito. Daniel Amelang, letrado que ha defendido a clientes denunciados por enaltecimiento del terrorismo, observa que al haber componente político en la marcha ultraderechista de Ferraz, y sin rastro de violencia, no se sostiene una denuncia contra ellos: “Aunque nos pueda parecer que las formas con las que se hace son incorrectas y criticables a todos los niveles, al final lo que se hizo es una manifestación política de rechazo a las medidas del presidente del Gobierno”, apunta el abogado.

“El acto en sí es una performance política, que no se puede tomar de forma literal. Además, los delitos de odio se cometen con una finalidad racista, con una finalidad antisemita, con una finalidad de discriminación... Y evidentemente, el presidente del Gobierno no es vulnerable en ninguno de los sentidos”, asegura Amelang. El Código Penal tiene un apartado en concreto para las críticas e injurias contra el presidente del Gobierno, pero los abogados no tienen constancia de que nunca se haya aplicado contra ningún ciudadano. Esos artículos, precisamente, son los que Sumar quiere derogar para reformar la interpretación de la libertad de expresión y que nunca más nadie tenga que verse sometido al poder del Estado por dar su opinión. Una reforma que solo podrá darse si el PSOE está a favor.