Venezolanos pueden hacer trámites en Colombia con pasaportes vencidos y sellados: Corte Constitucional

Una enfermera migrante se presentó ante el Ministerio de Educación para que convalidara su título, pero esta entidad la rechazó por no tener PEP ni pasaporte vigente

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Imagen de archivo. Un venezolano residente en Colombia revisa su pasaporte en Bogotá, Colombia. 2 de agosto de 2018. REUTERS / Luisa González
Imagen de archivo. Un venezolano residente en Colombia revisa su pasaporte en Bogotá, Colombia. 2 de agosto de 2018. REUTERS / Luisa González

La Corte Constitucional de Colombia envió un recordatorio a las entidades del Gobierno nacional, especialmente al Ministerio de Educación, para que respeten el derecho de los ciudadanos venezolanos a identificarse en territorio colombiano con un pasaporte venezolano vencido, siempre y cuando tenga el sello de ingreso y permanencia de Migración Colombia —en cumplimiento a la Resolución 2231 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores—.

Esta alta corte hizo esta advertencia a propósito del caso de Yiset Yatzevy Colina Ollarves, una mujer venezolana que vive en la ciudad de Santa Marta desde febrero de 2018 y trajo consigo su título de licenciada en enfermería, obtenido en su país de origen.

El salario promedio de una enfermera jefe en Colombia es de 2.5 millones de pesos, una suma que no enriquece a nadie pero sería de gran ayuda para solventar los gastos y garantizar el mínimo vital de la señora Colina Olivares, quien tiene a su cargo a tres hijos menores de edad y a su padre, un adulto mayor. Por ello, en 2021 tomó la decisión de convalidar su título ante el Ministerio de Educación para poder ejercer la enfermería profesional en Colombia.

En octubre de 2021, la enfermera venezolana recibió un correo del ministerio. Allí le pedían adjuntar a su solicitud de convalidación uno de los tres documentos de identidad válidos para ese trámite: cédula de ciudadanía —para colombianos—, pasaporte vigente o cédula de extranjería —para cualquier extranjero— o un permiso especial de permanencia (PEP) —para migrantes venezolanos—.

Las opciones de Colina eran dos: un pasaporte vigente o un PEP. Para cuando hizo la solicitud de convalidación, el PEP a su nombre todavía estaba en trámite. Su pasaporte, aunque estaba debidamente sellado por Migración Colombia, estaba vencido y no lo podía renovar, dado que Colombia recién restableció relaciones con Venezuela y la embajada estuvo cerrada por varios años.

Además, debido a la escasez de papelería en el vecino país, muchos venezolanos migraron a Colombia con pasaportes vencidos con permiso del Gobierno nacional.

“El pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte o de la prórroga que esté estampada”, dice la Resolución 2231 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

Aparentemente, los funcionarios del Ministerio de Educación que llevaron su caso no conocían esta resolución y rechazaron su solicitud. Cuando la señora Colina explicó que es legal identificarse con un pasaporte venezolano vencido, la volvieron a rechazar. Puso una tutela para que la Rama Judicial protegiera sus derechos al mínimo vital, a la educación, a elección de profesión u oficio, al debido proceso y “demás derechos conexos”.

Varios tribunales rechazaron el caso de la enfermera venezolana y le dieron la razón a los ministerios de Educación y Relaciones Exteriores. Llegó demasiado tarde hasta la Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, porque el PEP finalmente fue expedido y la profesional pudo convalidar su título con el trámite convencional. Aunque declararon carencia de objeto, los magistrados quisieron sentar el precedente legal para evitar que se repita el caso.

“Es claro que los nacionales venezolanos pueden identificarse en el territorio colombiano con el pasaporte venezolano vencido que tenga el sello de ingreso y permanencia de la autoridad migratoria. Por lo tanto, dicho pasaporte es un documento de identificación válido para identificarse ante las autoridades colombianas, acceder a los servicios estatales y adelantar los correspondientes trámites administrativos”, indicó la Corte.

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