Los cambios en el subsidio por desempleo para mayores de 52 años que llegarán el 1 de junio

En 2019 se estableció que la base de la cotización para la jubilación de esta ayuda era del 125% de la base mínima, una cifra que se iría reduciendo gradualmente a partir de junio de 2024

Compartir
Compartir articulo
El SEPE gestiona el subsidio para mayores de 52 años. (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)
El SEPE gestiona el subsidio para mayores de 52 años. (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una ayuda para aquellas personas que, teniendo esa edad o una superior, se encuentran en situación de desempleo y tienen dificultades para encontrar trabajo por su edad. Desde 2019, este subsidio rebajó su edad mínima de 55 a 52 años. Ese mismo año se estableció que la base de la cotización para la jubilación era del 125%, una cifra que se iría reduciendo gradualmente a partir de junio de 2024.

Para acceder y poder conservar este subsidio, se considerarán exclusivamente los ingresos del individuo que lo solicita o lo recibe, sin tomar en cuenta los ingresos del conjunto de su familia. Si los criterios requeridos siguen siendo cumplidos, el subsidio se recibirá hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria, extendiéndose más allá de la edad mínima para la jubilación anticipada.

Te puede interesar: Subsidio para mayores de 52 años: el aviso del SEPE sobre la declaración de la Renta

La cuantía será igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), independientemente de estar en situación de desempleo tras la pérdida de un contrato a tiempo parcial. Esto supone unos 480 euros mensuales para los beneficiarios, hasta el momento en el que vuelvan a trabajar o se jubilen.

Requisitos para solicitarla

  • Encontrarse en situación de desempleo
  • No estar clasificado como trabajador fijo discontinuo
  • Tener al menos 52 años en el momento de cumplir con los requisitos para solicitar el subsidio
  • Haber estado inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes previo a la solicitud.

Te puede interesar: Las razones por las que el SEPE te puede quitar el subsidio para mayores de 52 años

  • Haber agotado por completo la prestación por desempleo o el subsidio anterior
  • No haber rechazado ofertas de trabajo ni incumplido el acuerdo de actividad establecido por el SEPE.
  • Disponer de un mínimo de 15 años cotizados a la Seguridad Social, incluyendo obligatoriamente dos años dentro de los últimos quince
  • Haber cotizado por desempleo durante un periodo mínimo de seis años a lo largo de la vida laboral.
  • La vuelta a España después de un periodo mínimo de 12 meses en países fuera de la Unión Europea (UE), la finalización de una pena de prisión de más de seis meses, o encontrarse en situación legal de desempleo sin derecho a paro debido a una cotización insuficiente.
  • Cumplir los requisitos para recibir la pensión contributiva de jubilación, excepto el criterio de edad.

Nuevos cambios en la base de cotización

Desde este 1 de junio, el SEPE tomará como bases de cotización para la jubilación las siguientes cifras:

Te puede interesar: Prórroga del subsidio para mayores de 52 años: requisitos para solicitarla

  • En 2024, la base de cotización representará el 120% de la base mínima del Régimen General de la Seguridad Social vigente en ese momento.
  • Para 2025, se establecerá en el 115% de la base mínima correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social vigente en ese momento
  • El año 2026 verá la base de cotización ajustada al 110% de la base mínima del mismo régimen.
  • Finalmente, en 2027, se ajustará al 105% de dicha base mínima.
Esta es la edad a la que te puedes jubilar si cobras el subsidio para mayores de 52 años